Ibiza Más Sostenible Que Nunca

Bienvenido al sistema de regulación de vehículos para la isla de Ibiza. En esta web puede usted tramitar la autorización para poder entrar y permanecer con su vehículo en la isla de Ibiza durante el período de limitación, así como realizar la acreditación de que usted se encuentra en uno de los supuestos de excepción.

El control se realiza mediante lectura de matrículas. No es necesario imprimir distintivos.

¿Cuáles son los planes de viaje para su vehículo?

Ha comprado el billete de barco entre el 1 de enero y el 20 de mayo de 2025

En este caso, no debe realizar ningún trámite.

No requiere tramitación

Disfrute de su estancia en la isla.

Va a comprar o ha comprado un billete con destino a Ibiza a partir del 21 de mayo de 2025

El billete es ida y vuelta

Ilustración de barco de ida y vuelta
No requiere tramitación

En este caso, la naviera le va a tramitar la autorización para su estancia.

El billete solo es de ida

Ilustración de barco de ida
Requiere tramitación

En este caso, la naviera le va a tramitar una autorización para entrar durante el día de llegada.
Para el resto de su estancia debera realizar usted la tramitación.

Su vehículo se encontraba en Ibiza desde antes del 1 de enero de 2025

Si su vehículo ya se encontraba en Ibiza inicie la tramitación para verificar si necesita o no autorización.

Para los vehículos en renting, debe hacer el trámite en la sede del Consell d'Eivissa

Tramitar en la sede del Consell d'Eivissa

Para mayor información diríjase a los datos de contacto que aparecen en esta página web.

¿Qué vehículos deben tramitar la solicitud?

No necesitan tramitar autorización aquellos que cumplan alguno de los siguientes requisitos:

  • Residentes en Ibiza: Vehículos (excluidas flotas de alquiler) con domicilio fiscal en la isla.
  • Vehículos oficiales y de servicio público: cuerpos de seguridad, bomberos, ambulancias, sanidad, funerarios, protección civil, transporte público y escolar, taxis, recogida de residuos y limpieza urbana.
  • Transporte de mercancías y distribución comercial.
  • Maquinaria agrícola y de obras: tractores, excavadoras y similares.

Exenciones automáticas

Se requiere de información adicional en el caso de que el vehículo o usted se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

  • No residentes con vivienda en Ibiza (un vehículo por titular con domicilio fiscal en ibiza)
  • Residentes en Formentera, Menorca o Mallorca por motivos laborales
  • Personas con movilidad reducida
  • Vehículos en tránsito a/desde Formentera

Exenciones con acreditación previa

Si no se encuentra en ninguna de las situaciones anteriormente descritas, debe tramitarse una solicitud de autorización

No exentos

¿Cómo podemos ayudarte?


Normativa aplicable

Consulta las reglas, tarifas y requisitos para la autorización para poder entrar y permanecer convehículos en Ibiza.

Más información

Preguntas frecuentes

Encuentra respuestas a las dudas más comunes sobre el proceso y condiciones.

Resolver dudas
Paisaje de Ibiza

Preservando la magia de Ibiza

La regulación del acceso de vehículos es una medida esencial para proteger los ecosistemas únicos de Ibiza, reducir la huella de carbono y asegurar que la isla siga siendo un paraíso natural para residentes y visitantes.

Preguntas frecuentes - Ibiza Circular

Encuentra aquí las respuestas a las preguntas más frecuentes.

Sí, siempre que no se haya superado el cupo de 4.168 vehículos circulando en la isla, excluyendo los casos contemplados por la ley.

Del 1 de junio al 30 de septiembre. La ley regula la entrada y permanencia de vehículos en la isla.

Si aún no has comprado billete, el sistema ibizacircular.es se activará junto con la compra. Si ya lo compraste, puedes reservar el cupo días antes del viaje.

No. Hay un cupo reservado para quienes ya tienen billete. Puedes gestionarlo en ibizacircular.es días antes del viaje.

Sí. Solo están exentos los residentes fiscales en Menorca, Mallorca o Formentera. Debes justificarlo con un contrato de trabajo.

Sí, el transporte de mercancías está exento de la regulación.

No, salvo excepciones. Solo están exentos los vehículos con domicilio fiscal en Ibiza.

Sí, actualmente las motos no necesitan reservar ni pagar tasa.

Las caravanas deben reservar cupo y pagar la tasa. Además, deben tener reserva en camping y está prohibido estacionar en suelo rústico.